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B

Bases de la contratación

Es definir toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta, incluyendo como mínimo los requisitos establecidos en las disposiciones de la ley.

Beneficiario Final

Se considera como Beneficiario Final a las personas físicas que ejercen el control efectivo final o son propietarios últimos de una persona jurídica o ente sin personalidad jurídica. También se considera como Beneficiario Final a la persona física en beneficio de quien o quienes se lleva a cabo una transacción, aun cuando la persona física no aparezca como titular o como la persona que formalmente controla la empresa.

Bienes

De conformidad con el artículo 4 de la Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras, son “los objetos de cualquier índole, incluyendo las materias primas, los productos, los equipos, otros objetos en estado sólido, líquido o gaseoso, así como los servicios accesorios al suministro de esos bienes, siempre que el valor de los servicios no exceda del de los propios bienes”.

Bienes comunes

Son aquellos que pueden ser objetivamente definidos por el mercado, de forma sencilla y corriente debido a que son regularmente comprados y utilizados por el sector privado, o que tienen especificaciones técnicas y patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos. (Artículo 4 del Reglamento 416-23).

Bienes no comunes

Son aquellos que por sus características y especificaciones especiales no pueden ser considerados como comunes, debido a su alto nivel de complejidad. (Artículo 4 del Reglamento 416-23).