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Debida Diligencia

Es el conjunto de procedimientos, políticas y gestiones mediante el cual los sujetos obligados establecen un adecuado conocimiento sobre el comité de compras y contrataciones, personal de las unidades operativas de compras y contrataciones, peritos, encargados del área de almacén y recepción, notarios, proveedores y relacionados de las actividades que realizan.

Debida Diligencia Ampliada

Conjunto de políticas y procedimientos más exigentes, diseñados para que el conocimiento de un actor involucrado en el proceso de contratación o beneficiario final se profundice, en virtud de los resultados arrojados por los procedimientos de evaluación, diagnóstico y mitigación de los riesgos identificados.

Debida diligencia externa

Está dirigida a aquellos terceros que se relacionan con la entidad contratante, su importancia radica en conocer los riesgos que representa realizar cualquier tipo de operación con un tercero y el impacto que puede tener en la entidad. La responsabilidad de esta recae sobre la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones o cualquier otra área interna que designe la máxima autoridad.

Debida diligencia interna

Es aquella que es dirigida a los actores internos de la organización, con el principal objetivo de garantizar la selección e incorporación de los mejores profesionales, así como la idoneidad de quienes intervienen en el proceso de contratación de la organización, tanto desde el punto de vista académico y profesional, como del punto de vista ético y de integridad.

Debida Diligencia Simplificada

Conjunto de políticas y procedimientos menores, diseñados para que los elementos del conocimiento de un actor involucrado en el proceso de contratación pública se simplifiquen, en virtud de los resultados arrojados por los procedimientos de evaluación, diagnóstico y mitigación de los riesgos identificados.

Declaratoria de procedimiento desierto

Es un acto administrativo mediante el cual la institución contratante declara desierto un procedimiento administrativo de contratación tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta económica obtenida supere el máximo establecido por el umbral correspondiente para el procedimiento convocado, en más de un diez por ciento (1 O%).

Derecho de acceso a la información

Garantía legal que otorga a los ciudadanos y a las partes interesadas el derecho de acceder a la información relacionada con los procesos de contratación pública. El derecho de acceso a la información busca promover la transparencia y la rendición de cuentas al permitir que las personas conozcan los detalles de los procedimientos de adquisición, las decisiones de adjudicación y otros aspectos relevantes. Esto asegura que los procesos de contratación pública se lleven a cabo de manera abierta y que se puedan detectar posibles irregularidades.

Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación.

Día hábil

Son aquellos que la ley designa como idóneos para el cómputo de plazos o la realización de determinados actos.

Dirección Administrativa Financiera

Es el área de la institución pública responsable de manejar los procesos operativos, tanto administrativos como financieros, de todas las unidades ejecutoras o dependientes de las instituciones, además de administrar los gastos de funcionamiento de estas, la cual brinda los recursos necesarios a cada una de las áreas de la institución para que puedan cumplir con sus tareas diarias.

Dirección General de Contrataciones Públicas

Es una dependencia del Ministerio de Hacienda; creada por la Ley No. 340-06. La misma funge como Órgano Rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, este emitirá las políticas, instructivos, manuales, guías u orientaciones normativas necesarias para la aplicación de las disposiciones contenidas en la ley y el presente reglamento, lo que incluirá, en forma enunciativa y no limitativa.

Direccionamiento de la contratación

Es cuando se establece en la redacción de las especificaciones técnicas, la mención, alusión o referencia a marcas o nombres comerciales, diseños o modelos, denominaciones de origen o fabricantes o productos específicos, así como la dirección de la contratación a un determinado proveedor o contratista.

Documentación económica

Son los formularios contentivos del precio ofertado, las garantías de seriedad de la oferta y cualquier otro documento que deba integrar la propuesta económica.

Documentación técnica

Son los requerimientos técnicos mínimos, exigidos al oferente para garantizar que pueda cumplir con efectividad el objeto a ser contratado, y que lo habilitan para la evaluación de su oferta económica. Por ejemplo: certificaciones de calidad, presentación de muestras en caso de que aplique, catálogos, fichas técnicas, etc.

Documentos Estandarizados

Son formatos únicos y obligatorios elaborados por la Dirección General de Contrataciones Públicas, a los fines que las instituciones contratantes realicen los actos administrativos que forman parte del expediente de los procedimientos administrativos de contratación pública llevados a cabo por las instituciones sujetas al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06.