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  TODAS

I

Informe definitivo

Es el informe que emiten los peritos una vez finalizada la evaluación y se envía al órgano responsable del procedimiento de contratación, quien lo revisará y aprobará, si corresponde mediante acto administrativo.

Informe Preliminar

Este es el informe que elaboran los peritos designados como resultado de las evaluaciones de las ofertas, donde se indica en caso de aplicar las subsanaciones que correspondan y el mismo es aprobado por el órgano responsable de la contratación mediante acto administrativo.

Infracciones administrativas

Es el resultado de la comisión de los hechos antijurídicos tipificados en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, que trae como consecuencia el inicio de un procedimiento administrativo sancionador, a los fines de la imposición o no de una sanción administrativa conforme con el debido proceso regulado por el reglamento de aplicación. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.

Inhabilidades

Incapacidad o impedimento para el desempeño de una función, que imposibiliten el ejercicio de esta, conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones.

Inhabilitación definitiva

Es la sanción administrativa que deja inhabilitado de manera permanente al infractor en el Registro Proveedor del Estado.

Inhabilitación temporal

Es la sanción administrativa que impacta el futuro del infractor hasta el período sancionado y no afectará las contrataciones en ejecución que se encuentre cumpliendo ni le impedirá recibir los pagos correspondientes fruto de esas contrataciones previas.

Inspecciones

Procedimiento que se da debido a razones técnicas, donde resulta necesario verificar los hechos relacionados con la producción, fabricación de los bienes, preparación de alimentos o materiales constitutivos de las obras, del bien o forma de prestación del servicio o cualquier otra circunstancia, el proveedor deberá facilitar el acceso a sus instalaciones a las personas designadas para tales efectos.

Instructivos

Son instrumentos que sirven de apoyo a las instituciones durante la ejecución de etapas puntuales de los procedimientos de contratación pública, para garantizar el cumplimiento de los principios rectores del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas (SNCP).

Interesado

Cualquier persona natural o jurídica que tenga interés en cualquier procedimiento de contratación que se haya convocado.

Investigación de oficio

El Órgano Rector tiene la facultad de iniciar de oficio una investigación para determinar presuntas contravenciones a la ley y su reglamento de aplicación.

L

Licitación pública

En este procedimiento se realiza un llamado público y abierto para adquirir bienes, servicios y obras cuyo presupuesto estimado de contratación corresponde al umbral superior fijado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las licitaciones públicas pueden ser nacionales o internacionales, según las condiciones establecidas en la ley.

Licitación Pública Internacional

Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizando un llamado público y abierto, convocando a oferentes nacionales e internacionales, en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral de crédito. ii) Cuando, previamente, una evaluación técnica indique que los oferentes nacionales no tienen suficiente capacidad para proveer los bienes o servicios o ejecutar los proyectos u obras; iii) Cuando una licitación pública nacional previa se haya declarado desierta.

Licitación Pública Nacional

Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las Licitaciones Públicas podrán ser de etapa única o de etapas múltiples: Etapa Única: Cuando la comparación de las ofertas y la calidad de los oferentes se realiza en un mismo acto. Etapa Múltiple: Cuando las Ofertas Técnicas y las Ofertas Económicas se evalúan en dos o más fases

Licitación restringida

Este procedimiento permite la invitación directa a proveedores que puedan atender al requerimiento. No obstante, su convocatoria se hará de conocimiento público mediante su publicación en el SECP permitiendo a otros oferentes presentar ofertas en igualdad de condiciones.

Líder del Consorcio

Persona natural o jurídica del Consorcio que ha sido designada como tal.

M

Manifestación de interés

Es una herramienta consultiva para realizar estudios de mercado, la institución contratante podrá, previo a la convocatoria de presentación de ofertas, convocar a una fase preliminar para que los interesados manifiesten su interés en ofrecer el bien, servicio u obra de la que se tiene intención adquirir, para así conocer mayores características de la necesidad institucional y las condiciones del mercado.

Manual General de Procedimientos

Es un documento de consulta permanente para organizar el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, así como los procedimientos de compras y contrataciones llevados a cabo por cada institución, este es utilizado como guía de manera práctica a las instituciones adscritas a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, así como el cumplimiento de su reglamento de aplicación aprobado mediante el Decreto núm. 416-23, en sus contrataciones públicas.

Materia prima

Elemento en estado natural que una industria o fabricación necesita para transformarla en un producto.

Máxima autoridad ejecutiva

El titular o representante legal de la entidad contratante o quien tenga la autorización para celebrar contratos.

Medidas cautelares

Son instrumentales y accesorias, vinculadas a una acción principal de fondo como las solicitudes de investigación, los recursos de impugnación y los recursos jerárquicos o de apelación, por lo que no serán admitidas medidas cautelares anticipadas.


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