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ImpugnaciónEs el acto mediante el cual el proveedor, oferente o proponente reclama ante la institución contratante cuando entiende violentados sus derechos durante un proceso de contratación. | |
Informe PreliminarEste es el informe que elaboran los peritos designados como resultado de las evaluaciones de las ofertas, donde se indica en caso de aplicar las subsanaciones que correspondan y el mismo es aprobado por el órgano responsable de la contratación mediante acto administrativo. | |
Infracciones administrativasEs el resultado de la comisión de los hechos antijurídicos tipificados en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, que trae como consecuencia el inicio de un procedimiento administrativo sancionador, a los fines de la imposición o no de una sanción administrativa conforme con el debido proceso regulado por el reglamento de aplicación. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves. | |
InhabilidadesIncapacidad o impedimento para el desempeño de una función, que imposibiliten el ejercicio de esta, conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. | |
Inhabilitación definitivaEs la sanción administrativa que deja inhabilitado de manera permanente al infractor en el Registro Proveedor del Estado. | |
Inhabilitación temporalEs la sanción administrativa que impacta el futuro del infractor hasta el período sancionado y no afectará las contrataciones en ejecución que se encuentre cumpliendo ni le impedirá recibir los pagos correspondientes fruto de esas contrataciones previas. | |
InspeccionesProcedimiento que se da debido a razones técnicas, donde resulta necesario verificar los hechos relacionados con la producción, fabricación de los bienes, preparación de alimentos o materiales constitutivos de las obras, del bien o forma de prestación del servicio o cualquier otra circunstancia, el proveedor deberá facilitar el acceso a sus instalaciones a las personas designadas para tales efectos. | |
InstructivosSon instrumentos que sirven de apoyo a las instituciones durante la ejecución de etapas puntuales de los procedimientos de contratación pública, para garantizar el cumplimiento de los principios rectores del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas (SNCP). | |
InteresadoCualquier persona natural o jurídica que tenga interés en cualquier procedimiento de contratación que se haya convocado. | |
Investigación de oficioEl Órgano Rector tiene la facultad de iniciar de oficio una investigación para determinar presuntas contravenciones a la ley y su reglamento de aplicación. | |