Es toda declaración unilateral de voluntad, juicio o
conocimiento realizada en ejercicio de función administrativa por una
Administración Pública, o por cualquier otro órgano u ente público que produce
efectos jurídicos directos, individuales e inmediatos frente a terceros.
(Artículo 8, Ley núm. 107-13). En la contratación pública es la formalización
de las actuaciones relacionadas con la decisión de la compra o contratación que
adopte la autoridad competente, tales como: Procedimiento de Selección, Pliego de
Condiciones Específicas, resultados de las evaluaciones de las Propuestas
Técnicas y Económicas, Adjudicación, aplicación de sanciones a proveedores,
entre otras resoluciones. Además, se puede decir que es la formalización de las
actuaciones relacionadas con la decisión de la compra o contratación que adopte
la Autoridad Competente, tales como: Procedimiento de Selección, Pliego de
Condiciones Específicas, resultados de las evaluaciones de las Propuestas
Técnicas y Económicas, Adjudicación, aplicación de sanciones a proveedores,
entre otras resoluciones.